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Apartheid (a·part·heid: a-part-hāt):Crimen contra la humanidad que legalmente se define como “actos inhumanos…cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemática de un grupo racial sobre cualquier otro u otros grupos raciales, con la intención de mantener ese régimen” [1]


Aplicación de los Principios Fundamentales (de Derechos Humanos): Principios que se estipulan en los artículos iniciales de los convenios internacionales de derechos humanos y en los de otras normas o tratados internacionales de derechos humanos y a normas de justicia contenidas en los principales sistemas de justicia del mundo. Estos señalan como el Estado debe cumplir con sus obligaciones según las leyes y normas de derechos humanos e implican principios de aplicación inmediata que incluyen el garantizar: (1) el derecho inalienable a la autodeterminación; (2) la no discriminación; (3) la igualdad de géneros; (4) el estado de derecho, que implica el acceso a la justicia y la aplicación interna de los derechos humanos contenidos en cada tratado, particularmente, mediante la adopción de medidas legislativas. En el caso de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, estos también incluyen (5) la realización progresiva de los derechos; Los Estados también están obligados a comprometerse a (6) mantener una cooperación internacional con el propósito de garantizar el respeto, protección y cumplimiento de los derechos humanos tanto dentro como fuera de sus fronteras. De ahí que un seguimiento exhaustivo del derecho humano a una vivienda digna requiera la evaluación de cada derecho (elemento) a la luz de los derechos y las correspondientes obligaciones que emanan de estos principios legales fundamentales:
1. Autodeterminación
2. No discriminación
3. Igualdad de géneros
4. Estado de Derecho
5. Aplicación del máximo de los recursos
6. Realización progresiva (no regresión/ no retrocesión)
7. Cooperación internacional


Asentamiento Informal: Grupo de viviendas y otras estructuras construidas sin la autorización oficial de las autoridades de planificación; o asentamientos que solo tienen un permiso temporal para ocupar los terrenos en los que se han instalado


Asilo: La provisión de las medidas protección nacional ampliada internacionalmente a un ciudadano extranjero u a otra persona proveniente de más allá de las fronteras del Estado que la recibe. El Articulo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos estipula que:
1. Todas las personas tienen derecho a buscar y a disfrutar de asilo en otros países, cuando sufren algún tipo de persecución.
2. Este derecho no puede ser invocado en el caso de persecuciones producto de delitos no políticos o de actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Sin embargo, el derecho a asilo no es un derecho o expectativa automática, puesto que el asilo esta sujeto a muchos factores que incluyen las políticas y reglamentaciones de inmigración y asilo del Estado soberano que recibe; Acuerdos bilaterales y multilaterales; Principios de reciprocidad entre los Estados y otras circunstancias limitantes que se den en el Estado receptor.

Autodeterminación: El derecho de todos los pueblos y naciones a decidir libremente su situación política y a perseguir su desarrollo económico, social y cultural.

Campamento: Asentamiento humano contiguo que se caracteriza por las condiciones indignas de las viviendas y de los servicios básicos. Normalmente un campamento no es reconocido ni tratado por las autoridades públicas como una parte integral de la ciudad; En un campamento se da la combinación de cualquiera de los siguientes elementos:
  • Condiciones inseguras de residencia.
  • Acceso inadecuado al agua potable.
  • Acceso inadecuado a servicios sanitarios y otras infraestructuras.
  • Mala calidad de la estructura de la vivienda.
  • Hacinamiento.

Campaña: Esfuerzo público, organizado y sostenido que hace demandas colectivas a las autoridades que corresponda. (Ver “Movimiento Social”)

Campesino: Agricultor en pequeña escala o de subsistencia que depende de y reclama la ocupación de terreno cultivable bajo variadas formas de tenencia.

Capital Social:
El valor colectivo de las redes sociales conformadas por individuos, comunidades o sociedades que promueven la acción individual o colectiva. (para más información, haga clic aquí)

Coalición:
Acuerdo de cooperación, orientado a los recursos (especialmente cuando se trata de uno temporal), que le permite a diferentes personas u entidades organizadas unir recursos y combinar esfuerzos con el fin de producir un cambio. La combinación de dichas personas o entidades en una sola organización como un sindicato organizado y estructurado de manera diversa, pero generalmente menos formal que un pacto. Aunque las personas y grupos forman coaliciones por muchas y diversas razones, el propósito más común es combatir una amenaza común o aprovechar una oportunidad dada; De ahí la naturaleza temporal de las coaliciones. La amenaza común o la existencia de una oportunidad, es lo que da impulso a la coalición y le permite existir; Tales procesos cooperativos pueden ganar influencia política y, potencialmente, iniciar movimientos sociales. (Ver más abajo “Movimiento Social”).
Según Sydney Tarrow se necesitan estos 5 elementos para mantener una coalición:
1. Los miembros deben formular los problemas en forma conjunta, de modo de reunirse en pos de un interés común.
2. Los miembros deben confiar unos en otros y tener la convicción de que sus semejantes están comprometidos con los temas y/o metas comunes.
3. La coalición debe contar con mecanismos para manejar las diferencias de idiomas, orientación, tácticas, culturas, ideologías, etc. entre los miembros de la colectividad (en especial en las coaliciones internacionales).
4. Tener el incentivo compartido de participar y, como consecuencia, de beneficiarse.
Las coaliciones se manifiestan en variadas formas, tipos y tiempos de duración:
  • Coaliciones de campaña que poseen gran entusiasmo y cooperación a largo plazo;
  • Federaciones que se caracterizan por un grado de compromiso, entusiasmo y participación relativamente menor; Con cooperación a largo plazo, pero con miembros cuyo compromiso fundamental permanece con sus propias agrupaciones.
  • Coaliciones instrumentales que implican un nivel de compromiso de baja intensidad y que no cuentan con una base “que las lleve más allá de los temas y conflictos que las convocaron”.
  • Coaliciones basadas en eventos cuentan con un alto nivel de compromiso y con potencial para una futura cooperación [2].
(Para acceder a algunas definiciones de distintos tipos de acciones colectivas tales como alianza, coalición, colectivo, movimiento y red, haga clic aquí)

Compensación: Debe ser proporcionada por cualquier daño econonómicamente imponible, en forma adecuada y proporcional a la gravedad de la violación y de las circunstancias de cada caso que sea resultado de graves violaciones a las leyes internacionales de derechos humanos y de serias violaciones al derecho humanitario internacional, tales como:
(a) Daño físico o mental;
(b) Pérdida de oportunidades, las que se incluyen empleo, educación y bienestar social;
(c) Daños materiales y pérdida de ingresos, incluida la pérdida de ingresos potenciales;
(d) Daño moral;
(e) Gastos en asesoría legal o de expertos; En medicinas y servicios médicos y en servicios sociales y ayuda sicológica. [3]
La compensación no sustituye a otros elementos de reparación, que incluyen, entre otros, la restitución a la situación original antes de la violación. (Ver más abajo, “Reparación”)

Comunidad: Un grupo social de cualquier tamaño, cuyos miembros residen en una localidad especifica, que comparten un mismo gobierno y que tienen, a menudo, una herencia histórica y cultural común. El término ha adquirido variados significados relacionados, entre los que se incluyen:
1. Los comunes o gente común, para diferenciarlos de las personas de un nivel más alto.
2. Un estado de sociedad organizada; Últimamente, el término es usado para referirse a sociedades relativamente pequeñas.
3. La gente de un distrito.
4. La condición de tener algo en común, como comunidad de intereses o de bienes.
5. Un sentido de identidad y características comunes.
El derecho internacional define “comunidad” como un grupo de personas que vive en un país o localidad cualquiera, que poseen una raza, religión, idioma y tradición propias y que están unidos en un sentimiento solidario con la finalidad de preservar sus tradiciones, manteniendo su forma de culto y garantizando la educación y enseñanza de sus hijos conforme al espíritu y a las tradiciones de su raza, y brindándose ayuda mutua. [4]

Confiscación: Expropiación mediante la fuerza o la coerción, de una propiedad perteneciente a una persona o a un grupo de personas sin la debida compensación. La confiscación de tierras, vivienda o de materiales para la construcción de viviendas, ejecutada por el Estado u otro actor, es un tipo de violación a los derechos a la vivienda.

Desalojo: El acto o proceso de desalojar; o de ser desalojado; La recuperación, mediante debido proceso, de terrenos, viviendas, etc. en posesión de otras personas; Despojo mediante titulo superior o en reclamación de dicho titulo. Lanzamiento, expulsión. Retiro de un arrendatario de una propiedad arrendada, llevado a cabo por un funcionario legalmente autorizado luego de un juicio ganado por el propietario; A este acto también se le conoce como “detención ilegal”. (Ver más abajo “Desalojo Forzado”)

Desalojo Forzado: El derecho internacional lo define como “el retiro temporal o permanente, contra su voluntad, de individuos, familias y/o comunidades de los hogares y/o terrenos que ocupan, sin brindarles formas apropiadas de protección legal u de otro tipo; o el acceso a estas”.

Desamparo: La condición de vivir sin un hogar o refugio permanente y dependiendo solo de medios de refugio provisorios.

Descentralización: Es el proceso de delegar autoridad y de asignar responsabilidades para suministrar servicios alejados de las estructuras del gobierno central, a instituciones, autoridades o estructuras más locales. Un ejemplo de descentralización es la reestructuración de las instituciones de gobierno para delegar más responsabilidades en la toma de decisiones y en la entrega de servicios a niveles locales.

Emigrante: Toda persona que viva temporal o permanentemente en un país que no es su país natal, pero con el cual ha creado lazos significativos

Evacuación: El acto de evacuar; Abandonar un lugar en forma ordenada, en especial para proteger de un daño inminente, a las personas que se trasladan.

Éxodo de masas: Evento en el cual un enorme grupo de personas abandonan una región debido a un conflicto, a persecuciones étnicas o religiosas o a un desastre natural.

Expropiación: El acto de apropiarse y tomar el control de la propiedad de una persona sin su consentimiento o acuerdo. (Ver “Confiscación”)



ESTAMOS AÚN EN EL PROCESO DE TRADUCCIÓN DE LAS OTRAS DEFINICIONES Y DE LAS NOTAS DE LA TERMINOLOGÍA DE LOS "HOUSING KEY TERMS". LOS VÍNCULOS DE REFERENCIA NO ESTAN ACTIVADOS TAMPOCO. LES ROGAMOS TENER PACIENCIA...


























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